Mano dura para las infracciones en los encierros de Sanfermin 2016

Esta tarde se ha constituido la Mesa del Encierro de Sanferminy el Ayuntamiento de Pamplona ha expuesto que pese a estar satisfecho con el funcionamiento general quiere incidir en algunos puntos para Sanfermin 2016:

1)-En el encierro se controlará de forma estricta el cumplimiento de la ordenanza municipal. De 150 a 200 agentes velarán por su cumplimiento, pero además se realizará un posterior visionado de las imágenes para «identificar infracciones, localizar a sus autores y denunciarlos para que puedan ser sancionados». El ayuntamiento ha pedido a los medios de comunicación en este foro que trasladen el mensaje de respeto al animal y a la fiesta, a la vez que recuerdan la existencia de una ordenanza sancionadora en vigor desde 2014 (Descargar Ordenanza del Encierro.)

2)-Se creará un Centro Común de Coordinación del Encierro en tiempo real para conseguir una mejora en la gestión de los incidentes con heridos graves que requieran una asistencia prioritaria, aunque el Ayuntamiento mantendrá el dispositivo sanitario habitual con Osasunbidea, Protección Civil del Gobierno de Navarra, DYA y Cruz Roja.

Además, Policía Municipal mantendrá abierta durante las fiestas la Oficina de atención a los heridos graves del encierro como recurso de acompañamiento y asesoramiento a las personas heridas graves que así lo requieran y a sus familiares.

3)-Para mejorar el dispositivo de seguridad se quiere aumentar la coordinación y la comunicación entre los responsables de las puertas del vallado que hay en el recorrido y la Policía Municipal. Para esto se zonificará el recorrido en tramos para su control: Santo Domingo, Puerta de Mercaderes, Bajada de Javier y Tejería y Corrales de Plaza de Toros. Según el ayuntamiento, en esos puntos estratégicos se ubicarán carpinteros junto a un agente de Policía Municipal responsable. Como en otros años, en calle Chapitela se mantendrá el camión-cama que permite trasladar con seguridad a reses vivas que hayan sufrido algún percance durante el desarrollo de la carrera.

El Ayuntamiento se ha sentado a la Mesa de Encierro con pastores, dobladores, corredores habituales, carpinteros, representantes del Servicio Navarro de Salud y de Protección Civil del Gobierno foral, DYA, Cruz Roja, Federación de Peñas, CERMIN, Asociación de Periodistas de Navarra, Casa de Misericordia y de la Federación Taurina de Navarra.

Ordenanza municipal del encierro

OBJETO: establecer las disposiciones generales que lo regulan y el régimen jurídico de las infracciones y sanciones derivadas del incumplimiento de esas disposiciones.

NORMAS:
El recorrido del encierro partirá de los corrales de Santo Domingo y finalizará en los corrales de la Plaza de toros.
Los encierros darán comienzo a las 08:00 h.
Debe atenderse siempre las indicaciones del personal encargado de su vigilancia y regulación.
A partir de las 07:30 h. únicamente podrán permanecer en el recorrido los corredores.

Los accesos podrán cerrarlos antes de esa hora si consideran que el número de corredores es suficiente para el espacio disponible.
Todos los participantes en la carrera deberán atender las instrucciones de la Policía y del personal técnico que interviene en el desarrollo del encierro.
No podrán participar en el encierro los menores de dieciocho años.
En el espacio situado entre los dos vallados, que existe en algunas zonas, solamente podrá permanecer el personal autorizado para ello por el Ayuntamiento de Pamplona, que en todo momento deberá llevar de forma visible la correspondiente identificación y autorización.
Durante el discurrir del encierro, dicho espacio queda reservado para refugio de las personas participantes que, en situación de riesgo, necesiten protección.
Los establecimientos de hostelería y de cualquier tipo de actividad comercial con acceso desde el recorrido del encierro deberán tenerlo cerrado a las 06:00 h.
Ningún establecimiento con fachada hacia el recorrido podrá tener funcionando pantallas reproductoras de imágenes que se vean desde el mismo.
Venta de periódicos exclusiva en establecimientos con acceso desde el recorrido del encierro, limitando su horario hasta la 07:00 h. si se encuentran en zonas que deben quedar despejadas y hasta las 07:30 h. si están en zonas donde permanecen los corredores.
Los portales dentro del recorrido del encierro deberán estar cerrados a partir de las 07:30 h.
No podrá dificultarse la limpieza del recorrido.
Una vez que haya pasado el servicio de limpieza no podrá sacarse basura ni vidrio al recorrido.
A partir de las 07:00 h. no podrá emitirse música hacia el recorrido del encierro.

PROHIBICIONES:
Encaramarse a elementos de fachadas, mobiliario urbano, árboles, farolas, etc. situados dentro o fuera del recorrido.
La instalación de elementos que invadan el espacio horizontal, vertical o aéreo del recorrido del encierro.
Situarse en las zonas y lugares del recorrido que expresamente prohíba esta Ordenanza.
Desbordar las barreras o límites que los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad establezcan.
Tener abiertas las puertas y portales de los edificios y locales situados en el recorrido después de las horas fijadas para su cierre.
Permanecer en el recorrido en estado de embriaguez, bajo los efectos de drogas, sustancias estupefacientes o sin estar en plenas condiciones físicas y psíquicas.
Utilizar prendas que dificulten o impidan el normal desarrollo de la carrera o calzado que no sea el adecuado para hacerla (zapatos de tacón, chanclas, sandalias, zuecos, etc.).
Arrojar objetos en el recorrido del encierro una vez que ha sido limpiado.
Portar objetos inconvenientes para el buen orden, mochilas, bolsos, botellas, vasos, bastones, máquinas fotográficas o de video, micrófonos, aparatos para grabar imágenes, etc.
Correr hacia las reses o detrás de ellas creando situaciones de peligro.
Tocar a las reses o llamar su atención y agarrar las astas de las reses y tocar a los toros, salvo que se realice para evitar una cogida.
Pararse en el recorrido y quedarse en el vallado, barreras o portales, de manera que se dificulte la carrera.
Estar en rincones, ángulos muertos o portales de acceso a viviendas o establecimientos, situados en el recorrido.
Utilizar cualquier medio grabador de imagen o sonido, incluso aparatos de telefonía móvil, dentro del recorrido o de los vallados reservados.
Sobrevolar con cualquier tipo de aparato, el espacio del encierro.
Participar en el encierro utilizando cualquier tipo de elemento mecánico para desplazarse (patines, monopatines, bicicletas, etc.).
Tirar cohetes, petardos o cualquier artificio pirotécnico.
Los espectadores no podrán colocarse en el espacio comprendido entre los dos vallados.

INFRACCIONES:

MUY GRAVES:
Participar con patines, monopatines, bicicletas, etc., cualquier actitud que genere riesgo, reiteración en infracciones graves.

GRAVES:
La instalación de elementos que invadan el espació, permanecer en el recorrido en estado de embriaguez, bajo los efectos de drogas, etc., arrojar objetos en el recorrido del encierro, correr hacia las reses o detrás de ellas, tocar a las reses o llamar su atención, pararse en el recorrido, utilizar cualquier medio reproductor de imagen o sonido dentro del recorrido, utilizar aparatos para sobrevolar el espacio del recorrido del encierro, tener abiertas las puertas de portales de viviendas.

LEVES:
Encaramarse a elementos que no ofrezcan garantía de seguridad, situarse en las zonas y lugares del recorrido del encierro que expresamente prohíba esta ordenanza, estar a la espera, antes de la salida de los toros, en rincones, ángulos muertos o portales de acceso, desbordar las barreras o límites que los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad establezcan, llevar vestuario o calzado inadecuado, portar mochilas, bolsos, botellas, vasos, máquinas fotográficas o de vídeo, aparatos para grabar imágenes, micrófonos, etc., emitir música hacia el recorrido, obstaculizar las labores de limpieza del recorrido, tirar cohetes, petardos, obstruir a pastores, dobladores, etc.

SANCIONES:
las infracciones se sancionarán con las multas previstas en la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, Reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Navarra.

BON 123 de 25 de junio de 2014.
BON 130 04/07/14: resolución 137/2014.